SEGUROS POR ACCIDENTES

1. COBERTURA:

Este plan protege a los estudiantes, personal docente y administrativo contra lesiones recibidas durante el término de la póliza:

  • Mientras se está en la escuela durante horas regulares de clases, incluyendo protección durante actividades deportivas, gimnasia, ejercicios de educación física y excursiones.
  • Mientras se participa en actividades patrocinadas y supervisadas por la escuela (incluyendo eventos sociales patrocinados y supervisados por la escuela) dentro y fuera de los terrenos de la misma o después de las horas regulares de clases.
  • Mientras se viaje directamente entre el hogar y la escuela incluyendo la hora de almuerzo, una hora antes o una hora después de las horas regulares de entrada y salida, (o el tiempo requerido cuando se trata de transportación provista por la escuela).

2. EXCLUSIONES:

  • Lesiones causadas por motín, huelga, disturbios estudiantes, desordenes públicos, guerra o actos de guerra.
  • Servicios o tratamientos prestados como parte de los deberes de un médico, enfermera o cualquier otra persona empleada por la escuela o retenida por ésta a base de honorarios.
  • Lentes o prescripción médica de estos.
  • Transportación aérea.
  • Suicidios
  • Hernia
  • Enfermedad
  • Se excluyen actos de terrorismo.
  • Infecciones bacterianas excepto infecciones biogénicas que ocurran a través de una cortadura o herida accidental.
  • Se excluye el uso de alcohol y drogas.
  • Enfermedades preexistentes, entiéndase por éstas las que se manifiestan antes de la celebración del contrato.
  • Se excluye guerra nuclear, biológica y/o química.

3. BENEFICIOS:

  • Para los estudiantes las facturas de médicos, cirujanos, hospitales y enfermeras hasta un máximo de tres mil quinientos dólares ($3,500.00) por cada lesión excepto en caso de lesiones de la dentadura en que los beneficios se pagarán según se describe en el párrafo siguiente: personal docente y administrativo.
  • Honorarios pagados a dentistas por daños ocasionados a dientes naturales y en buen estado hasta un máximo de $3,500.00. El gasto debe ser incurrido dentro de las 52 semanas siguientes a la fecha del accidente, sin embargo, si el dentista certifica que el tratamiento dental tiene que ser necesariamente diferido más allá del periodo de 52 semanas se pagará hasta $250.00 para tal tratamiento diferido al finalizar dicho periodo, pero en ningún caso la suma total a pagar el tratamiento dental excederá de $3,500.00.

Se pagarán facturas por gastos médicos incurridos durante el periodo de 52 semanas siguientes a la fecha del accidente.

Si dentro de 180 días después del accidente las lesiones recibidas resultaran en la muerte o desmembramiento, o su póliza pagara los siguientes beneficios:

COBERTURASESTUDIANTESPERSONAL DOCENTE / ADMTVO.
Muerte accidental$2,000 $2,000

POR PERDIDA DE:

Ambas manos o ambos brazos$7,500$7,500
Ambas piernas o ambos pies$7,500$7,500
Un pie y un ojo$7,500$7,500
Una mano o un brazo$2,500$2,500
Un pie o una pierna$2,500$2,500
La vista de cualquier ojo$1,000$2,500

 

4. EDAD MAXIMA DE ACEPTACION:

La cobertura proporcionada bajo esta póliza para el personal docente y administrativo será aplicada solamente hasta la edad máxima de 64 años de edad.

La Compañía Nacional Union Fire Insurance ha designado al Dr. Enrique Chial del Centro Médico Omega, como médico de cabecera para el colegio.

El Centro Médico Omega está ubicado en el Centro Comercial La Alambra, Vía Ricardo J. Alfaro, entre Sol de la India y Félix B. Maduro, cerca de la Panadería Crema Pan ó Pio Pio.